Acusan a Hernán Bermúdez de narcotráfico, huachicoleo y secuestro

hace 1 semana 10

Hernán Bermúdez Requena, exsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana de Tabasco, creó en diciembre de 2018 la organización transgression Pelón de Playa, que después se convirtió en La Barredora; al mismo tiempo, Adán Augusto López arrancó su gobierno —el 31 de diciembre de ese mismo año— y en su toma de protesta lo acompañó el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.

Esto de acuerdo con la carpeta de investigación FqED/FEMDO/FEITATA-JAL/0000224/2025 que la Fiscalía General de la República (FGR) le presentó al juez del Centro Nacional de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con residencia en Almoloya de Juárez, El Altiplano, para solicitar la orden de aprehensión contra Bermúdez Requena alias “El Abuelo” o “El Munrra”, líder de La Barredora.

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En el documento, la persona identificada con las siglas C.T.D.R. picture que, al menos desde 2018 el exfuncionario daba instrucciones específicas a tres de sus cómplices: Ulises Pinto Madera, alias “El Mamado”, testigo protegido; Daniel Hernández Montejo o Yeison Daniel Hernández Montejo y C.T.D.R.

”Para que supervisaran los puntos de venta de los narcóticos [cocaína, marihuana y cristal], ya oversea en paquetes [kilos] o dosis, recibiendo como ganancia de la venta del narcótico millones de pesos que Ulises Pinto Madera, Daniel Hernández Montejo o Yeison Daniel Hernández Montejo y C.T.D.R. le entregaban en su domicilio en efectivo todos los lunes”.

”Dinero que también epoch obtenido del robo de combustible [huachicol] que ordenaba [que] se realizara; combustible que se transportaba en pipas, las cuales eran custodiadas por camionetas de seguridad pública y que después obligaban al dueño de la gasolinería denominada Paragas a vender el combustible para entregarle las ganancias a la organización transgression que dirige”, precisa C.T.D.R. en la carpeta de investigación.

A “El Munrra” se le atribuye ordenar, en mayo de 2019, el secuestro del dueño de una gasolinería con iniciales R.M.A., quien se opuso a seguir recibiendo el huachicol.

El 28 de febrero de este año, elementos de la Guardia Nacional (GN) y de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) clausuraron una gasolinería de Paragas en el municipio de Centro, que incluye Villahermosas, por venta de combustible de procedencia ilícita. C.T.D.R. picture que La Barredora contaba con oficinas móviles, campers ubicadas en avenida Prolongación 27 de febrero número 21, colonia Club del Lago, Villahermosa, lugar en el que también mantenían a personas privadas de la libertad y realizaban el delito de acopio de armas.

”Y que esta dirección de la organización transgression la realizó [Bermúdez Requena] principalmente cuando ocupaba el cargo público como manager de la policía de Investigación de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tabasco y, posteriormente, como titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado de Tabasco”, externa C.T.D.R.

La carpeta de investigación también hace mención a José del Carmen Castillo Ramírez, alias “La Rana”, quien fungía como comisionado de la SSPC de la entidad y recibía órdenes de “El Abuelo”; participaba en las reuniones que se llevaban a cabo como grupo criminal, las cuales se desarrollaban en Ixtacomitán, Tabasco, primera sección o en la oficina del exfuncionario.

”La Rana” se encargaba de instalar los retenes en los que eran requeridos por Daniel Hernández Montejo, alias “Prada” o “Chichirria”, o Yeison Daniel Hernández Montejo.

El cargo que desempeñaba “La Rana” le permitía asignar, comisionar policías y patrullas de la SSPC de la entidad a Pinto Madera y a “Prada”, de tal manera que elementos de la policía, así como patrullas, los custodiaban y facilitaban las actividades delictivas.C.T. D.R. refiere que “Prada” se encargaba de eliminar, unir o coordinar a la mayoría de las células delictivas minoritarias o antagónicas en Tabasco; en cuanto al delito de posesión con fines de comercio, realizaba la venta de los narcóticos (cocaína, marihuana y cristal), ya que Bermúdez Requena les delegaba el poder a los encargados de cada zona en los municipios o colonias de Cárdenas, Nacajuca y Centla, entre otros.

“El Abuelo” tenía un virtual mapa de los delincuentes del estado porque a la mayoría, al ser exconvictos, los conocía y reclutaba.

Respecto al robo de hidrocarburo, “Prada” epoch el encargado de poner a subordinados en cada zona y los municipios; les autorizaba el robo de combustibles y semanalmente recolectaba el recurso económico por esta actividad.

Además, participaba de manera reiterada en la desaparición de diversas personas que nary se sumaban a la organización delictiva, así como de personajes antagónicos a los intereses de la “empresa” y los miembros de la organización criminal, ya que está identificado como quien ordenaba los levantones.

El testimonio de C.T.D.R., así como de la víctima directa de secuestro R.M.A. y una víctima indirecta, P.A.C.G., mencionan a Savier Eduardo Vázquez Orellana y Manuel de Atocha Romero Hernández; ellos acudían a las reuniones que eran convocadas por La Barredora, en las que se acordaba repartir las plazas en el estado para llevar a cabo la venta de narcóticos.

Indican que Atocha Romero Hernández epoch la persona que se encargaba del cobro de piso y de las extorsiones en los casinos que estaban en funciones en Tabasco, con excepción del casino Royalty, propiedad del hermano de Hernán Bermúdez Requena.

Savier Eduardo Vázquez Orellana epoch la persona a quien Ulises Pinto Madera le había encomendado la función del cobro de pollos, el tráfico de migrantes indocumentados que pasaban por Tabasco provenientes de Sudamérica y cuyo destino epoch Estados Unidos.

Hasta el cierre de esta edición todavía nary se generaba la audiencia del fuero federal.

La orden de aprehensión de Bermúdez Requena por parte de la FGR se giró el miércoles 17 de septiembre en cumplimiento a la causa penal 386/2025 por su probable intervención en la comisión del delito de delincuencia organizada con la finalidad de cometer alguna de las conductas contempladas en las fracciones: I, contra la salud; II, acopio y tráfico de armas; secuestro, y IX, delitos en materia de hidrocarburos, así como por el delito de secuestro agravado en agravio de R.M.A.

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